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El peaje previsto en Alemania para los turismos no es compatible con la legislación de la UE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón el pasado martes 18 de junio a Austria y sentenció que la tasa introducida por Alemania para los vehículos de menos de 3,5 t que usan sus carreteras federales es contraria al Derecho Comunitario porque discrimina entre vehículos alemanes y los de otros países.

Ésta es la segunda sentencia de la historia de la UE en la que se demuestra que un Estado Miembro tiene razón en un caso de infracción contra otro.

El reglamento de peaje previsto a partir de 2020 fue un proyecto planteado en 2015 por CSU en el gobierno alemán por el cual el peaje se debería de cobrar de la siguiente manera: el pago se hace a través de una tasa “de infraestructuras” por el uso de autopistas para vehículos con peso inferior a 3,5 toneladas, la cual para automovilistas alemanas sería anual (130 euros) mientras que los extranjeros que entraran por primera vez a la red de carreteras alemán podrían elegir entre una tasa para diez días (2,50 – 25 euros), dos meses (7 – 55 euros) o un año (130 euros), todo ello en función de la cilindrada del motor, del tipo de motor y de la clase de emisión del vehículo.

Según el Ministerio de Transportes Alemán, una vez deducidos los costes, el peaje debería suponer unos 500 millones de euros al año para las inversiones en la infraestructura de transporte. Sin embargo, había dudas sobre estas cifras, lo que provocó una serie de investigaciones y leves cambios aprobados por la Comisión de la UE en 2016 y en última instancia una demanda de Austria por no estar conforme con los contenidos de este sistema de peaje en 2017 la cual recurrió a los tribunales contando con el apoyo en su demanda de los Países Bajos y Alemania a su vez con el apoyo de Dinamarca.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha fallado en contra del “peaje para extranjeros” al considerar que constituye una discriminación por nacionalidad, dado que a los vehículos alemanes se les desgrava el importe de la tasa del impuesto de circulación. En opinión del Tribunal, la combinación de la tasa por uso de la infraestructura con la desgravación en el impuesto de circulación que disfrutan los propietarios de vehículos matriculados en Alemania “supone una discriminación indirecta” por nacionalidad y también una “vulneración de los principios de libre circulación de mercancías y de libre prestación de servicios”.

Según un portavoz de la Comisión de la UE, tras la sentencia del Tribunal con sede en Luxemburgo, en la que se admite y concede la razón al recurso interpuesto por Austria, se tomará nota de esta sentencia y la Comisión vigilará de cerca su aplicación. Por el momento y aproximadamente unos 13.000 km de autopistas que atraviesan Alemania tanto para nacionales como para extranjeros podrán usarse sin ningún tipo de coste alguno.

 
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