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Abierto el plazo para la solicitud de ayudas para no beneficiarios del gasóleo profesional
Desde hoy y hasta el 31 de octubre se pueden solicitar las ayudas directas para no beneficiarios del gasóleo profesional.

Como ya apuntamos en un artículo anterior, con la aprobación del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, el Gobierno introdujo una nueva ayuda dirigida a aquellos que no son beneficiarios de la devolución del gasóleo profesional (es decir, del impuesto de hidrocarburos).

Las empresas para las que está prevista esta prestación son aquellas que enmarquen su negocio en alguna de las siguientes actividades:










La obtención de esta ayuda será incompatible con los vehículos que sean beneficiarios de la devolución del gasóleo profesional o que puedan ser considerados como beneficiarios, aunque no estén dados de alta en el registro de la Agencia Tributaria.
Sin embargo, las empresas que tengan vehículos que se benefician de la devolución y otros que no, pueden pedir la ayuda para los vehículos de su flota que no sean beneficiarios de la devolución del gasóleo profesional.
Esta prestación se hará efectiva en forma de un pago único, cuya cuantía dependerá del tipo de vehículo, según la siguiente tabla:


















En cualquier caso, el importe de la ayuda percibida no podrá superar la cantidad máxima por persona beneficiaria prevista en la ley.
 
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