Desde el próximo viernes 23 de enero de 2026, entrará oficialmente en vigor la normativa que incrementa la Masa Máxima Autorizada (MMA) para los vehículos cisterna, una medida largamente esperada por el sector del transporte y la logística.
Este cambio normativo supone un avance significativo para el transporte de mercancías líquidas, ya que permitirá una mayor capacidad de carga por vehículo, mejorando la eficiencia operativa y reduciendo el número de desplazamientos necesarios para realizar los servicios habituales.
Un impulso a la eficiencia y la sostenibilidad
El aumento de la MMA para los vehículos cisterna tiene como principales objetivos:
Las empresas de transporte deberán asegurarse de que sus vehículos y configuraciones cumplen con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos en la normativa vigente, así como verificar que los conductores cuentan con la formación adecuada para operar bajo los nuevos límites de carga.
Asimismo, este cambio puede suponer una oportunidad para renovar flotas, revisar rutas y mejorar la planificación logística, maximizando los beneficios de la nueva regulación.
Desde el punto de vista técnico, la entrada en vigor de esta medida obliga a las empresas transportistas a:
Desde el punto de vista operativo, el incremento de la MMA permitirá:
La entrada en vigor de esta normativa refuerza la responsabilidad del transportista, que deberá garantizar en todo momento:
El sector llevaba tiempo reclamando una actualización de la MMA para los vehículos cisterna, especialmente teniendo en cuenta la evolución tecnológica de los vehículos y las mejoras en seguridad y estabilidad. La entrada en vigor de esta medida marca un paso adelante en la modernización del transporte por carretera.
El aumento de la Masa Máxima Autorizada para los vehículos cisterna supone un avance técnico relevante para el sector, alineado con la evolución de los vehículos y los estándares de seguridad actuales. Sin embargo, su correcta aplicación exige un alto nivel de control técnico, documental y operativo, clave para aprovechar sus ventajas sin comprometer la seguridad ni el cumplimiento normativo.
Puede consultar respuestas a las cuestiones planteadas por asociaciones del sector del transporte por carretera a la DGT en relación con la modificación del Anexo IX del RGV en: https://www.dgt.es/export/sites/web-DGT/.galleries/downloads/muevete-con-seguridad/normas-de-trafico/CIR-circulacion/Dudas-y-cuestiones-sobre-la-modificacion-del-anexo-IX-del-RGV.pdf
Además, puede consultar la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en el siguiente enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-15231
Este cambio normativo supone un avance significativo para el transporte de mercancías líquidas, ya que permitirá una mayor capacidad de carga por vehículo, mejorando la eficiencia operativa y reduciendo el número de desplazamientos necesarios para realizar los servicios habituales.
Un impulso a la eficiencia y la sostenibilidad
El aumento de la MMA para los vehículos cisterna tiene como principales objetivos:
- Optimizar la capacidad de transporte, permitiendo aprovechar mejor cada viaje.
- Reducir costes operativos, especialmente en combustible, peajes y mantenimiento.
- Disminuir el impacto medioambiental, al reducir el número de trayectos necesarios.
- Mejorar la competitividad del sector, alineando la normativa nacional con la realidad del mercado y las demandas actuales.
Las empresas de transporte deberán asegurarse de que sus vehículos y configuraciones cumplen con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos en la normativa vigente, así como verificar que los conductores cuentan con la formación adecuada para operar bajo los nuevos límites de carga.
Asimismo, este cambio puede suponer una oportunidad para renovar flotas, revisar rutas y mejorar la planificación logística, maximizando los beneficios de la nueva regulación.
Desde el punto de vista técnico, la entrada en vigor de esta medida obliga a las empresas transportistas a:
- Verificar que los vehículos estén homologados para la nueva MMA, conforme a la ficha técnica, se deberá comprobar en la casilla F.3 de la ITV, que es la correspondiente a la MMTA (Masa Máxima Técnica Admisible) debe aparecer 44.000 kg o más, si se quiere llegar al máximo de las 44 toneladas.
- Si la MMA (44 toneladas) es igual o menor que la MMTA puede circular con las nuevas masas máximas autorizadas, no necesitará modificar la ficha técnica hasta el siguiente paso por la ITV periódica, pero deberá solicitarlo y un nuevo permiso de circulación, de ser necesario. Si la MMA es superior a la MMTA deberá solicitar un informe al fabricante del vehículo, para que certifique que el vehículo puede transportar ese peso y acudir a la ITV para modificar la ficha técnica.
- Comprobar la capacidad estructural del chasis, ejes, suspensión y neumáticos.
- Asegurar una correcta distribución de la carga, especialmente relevante en vehículos cisterna por el efecto dinámico del líquido transportado.
- Revisar los sistemas de frenado y control de estabilidad, fundamentales en operaciones a mayor masa total.
Desde el punto de vista operativo, el incremento de la MMA permitirá:
- Mayor carga útil por viaje, optimizando la relación tonelada/kilómetro.
- Reducción del número de trayectos, con impacto directo en costes de explotación.
- Mejor planificación logística, especialmente en rutas de largo recorrido o abastecimientos industriales.
La entrada en vigor de esta normativa refuerza la responsabilidad del transportista, que deberá garantizar en todo momento:
- El respeto a la MMA autorizada para cada vehículo concreto.
- El cumplimiento de los límites legales por eje.
- La correcta estiba y llenado de la cisterna, evitando sobrecargas o desequilibrios.
El sector llevaba tiempo reclamando una actualización de la MMA para los vehículos cisterna, especialmente teniendo en cuenta la evolución tecnológica de los vehículos y las mejoras en seguridad y estabilidad. La entrada en vigor de esta medida marca un paso adelante en la modernización del transporte por carretera.
El aumento de la Masa Máxima Autorizada para los vehículos cisterna supone un avance técnico relevante para el sector, alineado con la evolución de los vehículos y los estándares de seguridad actuales. Sin embargo, su correcta aplicación exige un alto nivel de control técnico, documental y operativo, clave para aprovechar sus ventajas sin comprometer la seguridad ni el cumplimiento normativo.
Puede consultar respuestas a las cuestiones planteadas por asociaciones del sector del transporte por carretera a la DGT en relación con la modificación del Anexo IX del RGV en: https://www.dgt.es/export/sites/web-DGT/.galleries/downloads/muevete-con-seguridad/normas-de-trafico/CIR-circulacion/Dudas-y-cuestiones-sobre-la-modificacion-del-anexo-IX-del-RGV.pdf
Además, puede consultar la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en el siguiente enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-15231


