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TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS: ANTA ELEVA LA PRESIÓN CONTRA LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES SANCIONADORES
La Asociación Nacional de Transportistas de Animales Vivos (ANTA) ha convocado una manifestación y marcha lenta el próximo martes 8 de septiembre en Barcelona y reclama la revisión de los expedientes sancionadores que, según denuncia, están llegando a las empresas con un retraso de hasta cuatro años después de los hechos.

La movilización pretende marcar un nuevo punto de tensión entre el sector afectado, esto es, el transporte de animales vivos y la Administración catalana. ANTA reclama a Òscar Ordeig, Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de la Generalitat, una solución inmediata al grave retraso sufrido en los procedimientos sancionadores en materia de bienestar animal, exigiendo la revisión de todos los expedientes afectados desde 2023.

ANTA, presidida por Isabel Pinto, con Marc Póo y Pompili Roiger como gerente y secretario general respectivamente, ha decidido elevar el nivel de presión sobre la Administración catalana tras meses trasladando esta problemática sin encontrar respuesta. 

¿CUÁNDO ESTÁ PREVISTA LA HUELGA?

La movilización tendrá lugar desde las 07:30 hasta las 12 horas del próximo martes 8 de septiembre de 2026. Partirá de la Zona Franca de Barcelona y su recorrido finalizará en las inmediaciones del Departament d´Agricultura, por lo que se prevén importantes afectaciones al tráfico en el entorno de la Gran Vía de les Corts Catalanes.
            
 MOTIVO PRINCIPAL DE LA PROTESTA
  • Según ANTA, las empresas transportistas están recibiendo notificaciones de los expedientes sancionadores relacionados con el bienestar animal tres e incluso cuatro años después de que tuviera lugar el hecho que origina el expediente.
Es evidente que un intervalo tan grande de tiempo dificulta el derecho de defensa de las empresas, debido a la complejidad en la reconstrucción de los hechos, la localización de documentación relevante, la identificación del conductor, así como de cualquier otro profesional que hubiera intervenido en la operación. 
  • Se solicita al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Cataluña la revisión pormenorizada e individualizada de todos los expedientes sancionadores afectados por esta situación y su posterior anulación debido a las graves deficiencias que presentan. En consecuencia, se exige formalmente que se vean afectados todos los expedientes sancionadores instruidos entre 2023 y mediados de 2026.
  • Asimismo, ANTA reclama un marco normativo con una regulación clara, coherente y proporcionada, pues sostiene que en la actualidad existen dificultades para compatibilizar las obligaciones derivadas de la legislación sobre bienestar animal y las exigencias propias del transporte. Por ello, advierte de la necesidad de disponer de una normativa adaptada a la realidad operativa del transporte de animales vivos, que proporcione seguridad jurídica a las empresas y facilite el desarrollo de la actividad bajo unos criterios homogéneos. Y como esta petición no debe limitarse a Cataluña, la propia organización considera que este debate debe trasladarse tanto al Gobierno de España como a la Comisión Europea.
OTRAS MEDIDAS DE PRESIÓN

Si no se consiguen avances en las negociaciones tras la movilización del 8 de septiembre, ANTA tiene previsto paralizar el transporte de animales vivos por carretera.

 Aunque la propia organización advierte de las graves repercusiones que esta medida tendría en las explotaciones ganaderas, así como en todos los operadores que se encuentran vinculados al transporte de animales vivos, no descartan tener que ampliar la presión a la Administración si no se obtiene una solución administrativa que ponga fin a la actual situación de indefensión de las empresas, ya que se está comprometiendo seriamente la seguridad jurídica en los procedimientos sancionadores.  

Finalmente, cabe subrayar que, como ANTA ha manifestado en reiteradas ocasiones, la asociación no cuestiona los controles ni el cumplimiento de las obligaciones vigentes en materia de protección y bienestar animal. Su reivindicación se centra en la necesidad de contar con un marco de actuación basado en reglas claras, criterios homogéneos y procedimientos administrativos previsibles.

Para las empresas transportistas, la seguridad jurídica no puede limitarse al contenido de la norma. También exige conocer con claridad cómo se aplican las disposiciones, qué criterios utilizan las distintas administraciones y cuáles son los plazos en los que deben desarrollarse los correspondientes procedimientos. Solo en un escenario de estas características las empresas pueden planificar su actividad con garantías y, llegado el caso, ejercer plenamente sus derechos y su capacidad de defensa.

Normativa aplicable:
  1. Reglamento (CE) n.º 1/2005, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas.
  2. Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal. 
  3. Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
  4. Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte. 
  5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  6. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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