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LOS TRANSPORTISTAS EMPEZARÁN A COBRAR ESTA SEMANA LA AYUDA DE 20 CÉNTIMOS POR LITRO
LAS EMPRESAS ACOGIDAS AL GASÓLEO PROFESIONAL NO TENDRÁN QUE PRESENTAR NINGUNA SOLICITUD, AUNQUE LOS PAGOS VINCULADOS A TARJETAS MOEVE PUEDEN DEMORARSE

El Ministerio de Transportes prevé que las empresas de transporte comiencen a recibir esta semana la ayuda de 20 céntimos por litro de gasóleo profesional correspondiente a los repostajes efectuados entre el 22 de marzo y el 30 de junio de 2026.

La bonificación se abonará de forma automática a las empresas que ya estén acogidas al sistema de gasóleo profesional, por lo que los transportistas no tendrán que presentar ninguna declaración ni realizar trámites adicionales para cobrarla.

La principal excepción afecta a los suministros realizados con tarjetas de Moeve. Según ha explicado la directora general de Transporte por Carretera, Elena Atance, la Agencia Tributaria está revisando manualmente determinadas operaciones para evitar duplicidades, lo que podría retrasar el ingreso de las ayudas a algunos usuarios de estas tarjetas.

La aprobación europea retrasó los pagos

Aunque las ayudas se aprobaron en marzo, su pago no ha podido iniciarse hasta recibir la autorización de la Comisión Europea, al tratarse de ayudas de Estado destinadas a sectores económicos concretos.

La aprobación comunitaria llegó el pasado 29 de junio, después de varias semanas de negociación entre el Gobierno y Bruselas. El Ministerio reconoce que las conversaciones fueron especialmente complejas en relación con las ayudas directas por vehículo destinadas a empresas que no pueden acogerse al gasóleo profesional.

Por ahora, la autorización europea solo alcanza a las ayudas correspondientes al primer periodo aprobado. La prórroga para los meses de julio, agosto y septiembre todavía debe recibir el visto bueno de la Comisión Europea.

Qué tiene que hacer cada empresa

El procedimiento cambia en función del tipo de vehículos que tenga la empresa.

Las compañías cuyos vehículos estén incluidos en el gasóleo profesional no tienen que presentar ninguna solicitud. Recibirán automáticamente los 20 céntimos por cada litro bonificado.

Tampoco existe un límite máximo de ayuda para esta modalidad, ya que el Ministerio considera que la bonificación no supera el límite europeo del 70 % del sobrecoste energético.

Únicamente deberán presentar una declaración responsable aquellas empresas que no quieran recibir la ayuda por no reunir los requisitos exigidos o por encontrarse en situación de crisis.

Ayudas directas para vehículos sin gasóleo profesional

Las empresas que tengan vehículos no incluidos en el sistema de gasóleo profesional —por ejemplo, determinados vehículos ligeros o propulsados por combustibles alternativos— recibirán una ayuda directa por vehículo.

Estas empresas podrán cobrar sin realizar ningún trámite, aunque en ese caso se aplicará un límite máximo de 50.000 euros por empresa.

Cuando la ayuda supere esa cantidad, la empresa deberá presentar una declaración responsable antes del 31 de diciembre de 2026, acreditando que la subvención no compensa más del 70 % del sobrecoste energético soportado.

La Administración ha advertido de que Hacienda podrá revisar estas declaraciones y exigir la devolución de las cantidades cobradas en exceso, junto con los intereses correspondientes.

Empresas con flotas mixtas

Las empresas que tengan una parte de su flota acogida al gasóleo profesional y otra parte excluida recibirán automáticamente la ayuda de 20 céntimos por litro para los vehículos que sí tengan derecho.

Para cobrar las ayudas directas correspondientes al resto de los vehículos deberán presentar la declaración responsable y efectuar el cálculo del sobrecoste energético conforme a los precios de referencia fijados por la Administración.

Qué deben comprobar ahora los transportistas

Las empresas deberían revisar durante los próximos días los abonos recibidos en la cuenta bancaria vinculada al gasóleo profesional.

En el caso de operaciones realizadas con tarjetas Moeve, la ausencia de pago inmediato no significa necesariamente que la ayuda haya sido denegada, ya que puede deberse al proceso de comprobación manual anunciado por la Agencia Tributaria.

También conviene conservar las facturas, justificantes de repostaje y documentación relativa a la flota, especialmente en los casos en los que sea necesario presentar una declaración responsable o justificar que la ayuda no supera el 70 % del sobrecoste energético.
 
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