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Plan Nacional de Inspección de transporte por carretera para 2023
La subdirectora General de Inspección del Ministerio de Transporte, acompañada de los responsables de inspección de algunas Comunidades Autónomas, ha presentado a las Asociaciones Nacionales de Transportistas el Plan Nacional de Inspección de Transporte por carretera para el año 2023.

Las prioridades van a ser las novedades legislativas aprobadas a lo largo del último año: el control de morosidad, el precio de los servicios de transporte, la prohibición de la carga y la descarga y, además, se controlará la actividad desarrollada por las empresas buzón que operan en España, así como otros ámbitos inspeccionados en años anteriores.

 

ACABAR CON LA MOROSIDAD

La lucha contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera constituye una de las prioridades de la Inspección de Transportes, ya que influye de forma negativa en la liquidez de las empresas, complicando su gestión financiera y afectando a su competitividad y rentabilidad. Su control será uno de los objetivos tras la introducción de nuevos tipos infractores por la normativa aprobada, la Ley 13/2021.

El precio convenido del transporte, así como el importe de los gastos relacionados, que deberán cubrir el total de los costes efectivos, es uno de los controles establecidos por el Real Decreto Ley 14/2022, de 1 de agosto, sobre medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, lo que será objeto también de control prioritario a lo largo del año 2023.
Será necesario controlar, por los servicios de inspección, el contenido de las cartas de porte y la emisión de las mismas, así como aquellos otros documentos contractuales en los que venga reflejado. Se iniciarán las inspecciones a través de las empresas cargadoras y operadores de transportes, estableciendo el seguimiento de la cadena de empresas implicadas hasta llegar al porteador efectivo de los servicios contratados.

En cuanto al control de la carga y descarga, cuyas reglas relativas a la participación en la carga y descarga de las mercancías, vienen fijadas por el Real

Decreto Ley 3/2022, de 1 de marzo y por el Real Decreto Ley 14/2022, cuya entrada en vigor se produjo en septiembre del año 2022, requerirá el control presencial por parte de los Inspectores de Transportes con la finalidad de proceder al control de la participación de los conductores en las tareas señaladas.
 

VIGILANCIA DE LA COMPETENCIA DESLEAL

Asimismo, se realizará un control exhaustivo sobre las empresas buzón continuando con el control de la deslocalización de estas grandes empresas hacia países de la UE con menos costes de explotación de la actividad, que claramente genera una situación de competencia desleal.
 

CAMBIOS EN LOS CONTROLES

Los controles, con el fin de ser más efectivos, se van a llevar a cabo en los centros con mayor intensidad y volumen de transporte como puede ser los puertos, polígonos industriales, grandes cargadoras, centros logísticos, estaciones de autobuses, etc. atendiendo a la finalidad de cada inspección que se realice. Será prioritaria la labor llevada a cabo por el cuerpo de Inspectores de Transportes en las grandes empresas cargadoras y centros logísticos a lo largo del año 2023.

Es importante señalar que en la programación inspectora se tiene en cuenta las distintas denuncias provenientes de Asociaciones, Instituciones y de los particulares realizadas en los distintos medios telemáticos implantados en las Administraciones de transporte. En este sentido, cabe destacar que la puesta en marcha este año 2022 del Buzón anónimo de colaboración con la Inspección de Transportes ha supuesto un instrumento muy importante en la planificación de las actuaciones inspectoras. Hasta la fecha, las principales denuncias que se han presentado a través de este Buzón, accesible a través de la web del Ministerio de Transportes, han sido referidas a incumplimiento de los plazos máximos de pago, incumplimiento de la prohibición de carga y descarga y el pago de los precios del transporte sin cubrir los costes.

Continuara el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota a los 474.873 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Puesto que las Directivas europeas imponen a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, las autoridades de inspección españolas deberán revisar en 2023 al menos 3.173.513 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que en torno a un 50% se controlarán en la sede de las empresas y el otro 50% en carretera. En cuanto a las infracciones detectadas, sus porcentajes mayores se sitúan en los registros de tiempos de conducción (27%), seguidas de tiempos de descanso (23%), pausas (17%), tiempos de conducción (14%), tacógrafo (12%) y faltas de registros (6%).
 

MONITORIZACIÓN DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS ONLINE

De igual modo, se mantendrá el control sobre las empresas de servicios de transporte on-line, sobre todo, en las plataformas de paquetería que, habitualmente, operan sin estar autorizadas, así como sobre las cooperativas de trabajo asociado que actúen irregularmente en los ámbitos tributarios (módulos) y laboral. En ambos casos, la Inspección de Trabajo y la Agencia Tributaria trabajaran conjuntamente.

Con las aportaciones realizadas por las asociaciones de transportistas miembros del Comité Nacional de Transporte por Carretera, así como las observaciones que planteen las Comunidades Autónomas y las Fuerzas de Vigilancia en carretera, se prevé que, en próximas fechas, se proceda a la aprobación definitiva del Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para el próximo año.

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