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Transportes Flexibiliza Los Tiempos De Conducción De Los Transportistas Para Mitigar Las Consecuencias Del Apagón
Como consecuencia del fallo generalizado en el suministro eléctrico ocurrido el pasado 28 de abril en todo el territorio peninsular, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha establecido una serie de excepciones que permitirán a los conductores profesionales de transporte de viajeros y mercancías por carretera  flexibilizar temporalmente sus tiempos de conducción y descanso con el objetivo de alargar sus jornadas laborales y que puedan finalizar los servicios de transportes sin incidencias.

 La resolución aprobada se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado.

El apagón ocurrido en todo el territorio peninsular ha tenido importantes consecuencias en el sector del transporte de mercancías y viajeros cuya operatividad se vio seriamente afectada tanto por las grandes congestiones de tráfico en algunas ciudades como por la dificultad en las comunicaciones. Esto último provocó que los transportistas desconocieran información básica para su desempeño laboral como qué estaciones de servicio estaban operativas, o que no pudieran comunicarse con sus sedes de operaciones.

A ello se le suma el desabastecimiento de ciertos productos para el comercio, que ha provocado un aumento en la demanda de transporte de carga lo que ha conllevado que aumente el tiempo necesario para realizar los diferentes servicios.

Por todo ello, y a fin de hacer frente a dicha necesidad, se han establecido esta serie de excepciones que permitirán a los conductores alargar sus jornadas laborales y finalizar los servicios de transportes sin incidencias.

EXENCIONES
-Transporte de mercancías:

Son de aplicación desde el lunes 28 de abril hasta el domingo 4 de mayo, ambos incluidos.
  • Se amplía el límite diario de conducción de 9 horas a 11 horas.
  • Se amplía el límite semanal de conducción de 56 a 60 horas.
  • Se amplía el límite de conducción bisemanal de 90 a 96 horas.
  • Se amplía el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
  • Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 a 9 horas.
  • Se ofrece la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso semanal normal; o la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis jornadas de 24 horas.

-Transporte de viajeros:

Son de aplicación desde el lunes 28 de abril hasta el miércoles 30 de abril, ambos incluidos.
  • Se amplía el límite diario de conducción de 9 horas a 11 horas.
  • Se amplía el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
  • Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 a 9 horas.

Con esta flexibilización, se pretende que quede garantizado el abastecimiento de bienes esenciales y recuperada la movilidad del transporte por carretera en el menor tiempo posible, minimizando el impacto económico que el apagón ha generado en el sector.
 
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