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A partir del 21 de agosto de 2025, los vehículos destinados al transporte internacional que lleven instalado un tacógrafo inteligente de primera generación deberán sustituirlo por el de segunda generación.

Esta obligación ya se aplica, desde el pasado 1 de marzo, a los vehículos equipados con tacógrafos analógicos o digitales, mientras que los que llevan instalados tacógrafos inteligentes de primera generación disponen de plazo hasta el 20 de agosto para realizar la actualización. De este modo, a partir del 21 de agosto, el uso del tacógrafo inteligente de segunda generación será obligatorio para todo el transporte pesado internacional.

Uno de los objetivos del “Paquete de Movilidad” aprobado en 2020 era controlar mejor dónde operan las empresas de transporte, para evitar la competencia desleal y mejorar las condiciones de trabajo de los conductores y ello será posible gracias a la instalación del tacógrafo inteligente de segunda generación que, además de dejar constancia de los tiempos de conducción y descanso, también registra automáticamente el cruce de fronteras y el desplazamiento de los conductores.

La obligación de la instalación del aparato se ha ido aplicando paulatinamente.

En la reunión del Comité de Transporte Terrestre de la Comisión Europea de 18 de diciembre de 2024 se llegó a un consenso entre los Estados miembros para establecer un período de concienciación de dos meses adicionales sobre la disposición de uso del tacógrafo inteligente de segunda generación para transporte internacional (periodo de aprendizaje).

Según el artículo 3, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 165/2014, los vehículos que realizaran transporte internacional debían estar equipados con un tacógrafo inteligente versión 2 a partir del 31 de diciembre de 2024.

Pero durante la reunión del 18 de diciembre se informó de la problemática existente en algunos países del suministro y abastecimiento de algunos componentes para sustituir los tacógrafos analógicos y digitales por tacógrafos inteligentes de generación 2.

Por lo tanto, para paliar dicha problemática, se estableció un periodo de concienciación de dos meses, desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero de 2025, durante el cual los conductores no serían multados y se les informaría de la obligación de equipar sus vehículos con un tacógrafo compatible.
Esto suponía que, hasta el 28 de febrero de 2025, la aplicación de la normativa se centraría en seguir concienciando sobre esta obligación, en lugar de aplicar una sanción o multa en carretera, a aquellos operadores que, por diversos motivos, aún no hubieran conseguido llevar a cabo la adaptación del tacógrafo.

El próximo 21 de agosto es el turno de los vehículos que realizan transporte internacional que llevan instalado el tacógrafo inteligente de primera generación.














 
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