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FIRMADO EL NUEVO CONVENIO COLECTIVO DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA DE LA PROVINCIA DE BARCELONA
Tras varios meses de negociación, el lunes 27 de julio de 2026 los sindicatos UGT y CC.OO., la patronal UNO y la Federación Transcalit, firmaron el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Barcelona.

Este acuerdo dota al sector de un marco estable durante los años 2026, 2027 y 2028, aportando así seguridad jurídica tanto a las personas trabajadoras como a las empresas pertenecientes a este ámbito.

Entre las principales novedades del convenio podemos encontrar:
 
  1. La previsión de incrementos salariales aplicables tanto a las tablas como a los conceptos económicos que prevé el convenio. Se han fijado en una subida del 3,5% para 2026; un 3,3 % para 2027 y un 3,2% durante el 2028.
  2. La incorporación de una cláusula de garantía salarial, en virtud de la cual, si la suma del IPC de los años 2026, 2027 y 2028 supera los incrementos pactados, la comisión negociadora procederá a una actualización técnica de las tablas salariales con efectos desde el 1 de enero de 2029. Esta revisión no tendrá carácter retroactivo, por lo que no generará el abono de atrasos.
  3. Actualización y modernización del texto convencional, adaptándolo a las principales modificaciones normativas aprobadas en los últimos años en materias como permisos retribuidos, jubilación, igualdad, teletrabajo, protección frente a fenómenos meteorológicos adversos, derechos del colectivo LGTBI+ y movilidad sostenible.
En lo que respecta a la vigencia y la aplicación de este nuevo convenio, aunque despliega sus efectos desde el 1 de enero de 2026, su aplicación será obligatoria una vez finalice el procedimiento de registro y se publique en el boletín oficial correspondiente.

No obstante, las empresas que lo estimen conveniente podrán aplicar de forma voluntaria las nuevas tablas salariales de 2026 antes de la publicación oficial del convenio.

Una vez publicado, las empresas deberán regularizar las retribuciones y abonar los atrasos salariales que correspondan, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, en los términos establecidos en el propio convenio colectivo.

Normativa aplicable:
 
  1. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  2. Convenio Colectivo de Trabajo para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera y Logística de la provincia de Barcelona (2026-2028), suscrito el 27 de julio de 2026 por Transcalit, UNO, UGT y CC.OO., pendiente de su publicación en el boletín oficial correspondiente.
  3. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  4. Ley 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, en lo relativo a las medidas de prevención y protección en el ámbito laboral.
  5. Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
  6. Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.
  7. Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de las personas trabajadoras frente a los riesgos derivados de fenómenos meteorológicos adversos y otras situaciones de emergencia.
  8. Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
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