La reforma acerca la normativa portuguesa al modelo español, aunque los vehículos de mayores dimensiones no podrán cruzar la frontera entre ambos países hasta que exista un acuerdo bilateral específico.
Portugal ha dado un nuevo paso en la regulación de los conjuntos euromodulares, elevando sus límites máximos hasta las 72 toneladas de masa máxima autorizada (MMA) y los 32 metros de longitud.
La modificación se recoge en el Decreto-Ley 195/2026, publicado el 25 de septiembre, que reforma la normativa portuguesa sobre pesos y dimensiones máximos de los vehículos. Su entrada en vigor está prevista para el 24 de marzo de 2027, una vez transcurridos los 180 días establecidos desde su publicación.
Con esta reforma, Portugal aproxima su regulación a la existente en España y apuesta por conjuntos de mayor capacidad como herramienta para mejorar la eficiencia del transporte por carretera.
DE 60 A 72 TONELADAS Y HASTA 32 METROS
El cambio más significativo afecta a los límites máximos permitidos.
Los euromodulares podrán pasar de las actuales 60 toneladas a 72 toneladas de MMA, mientras que su longitud máxima se incrementará desde los 25,25 metros hasta los 32 metros.
También se modifica la altura máxima autorizada, que podrá alcanzar los 4,25 metros para vehículos a motor y remolques.
La reforma portuguesa se fundamenta, entre otros aspectos, en la experiencia acumulada en otros Estados europeos. El propio Gobierno portugués destaca especialmente el caso español y considera que la utilización de conjuntos de mayores dimensiones y peso ha demostrado su viabilidad técnica y su seguridad.
REQUISITOS ESPECIALES PARA SUPERAR LAS 60 TONELADAS
No será automática para cualquier combinación de vehículos.
Los conjuntos que superen las 60 toneladas deberán tener una longitud superior a 25,25 metros y estar formados por dos semirremolques de categoría O4 unidos mediante un dolly.
Además, será necesaria una autorización especial de circulación expedida por el Instituto da Mobilidade e dos Transportes (IMT).
La vigencia máxima de estas autorizaciones se amplía de uno a dos años.
No obstante, la autorización del IMT estará condicionada también al visto bueno de los gestores de las infraestructuras utilizadas. Estos podrán establecer restricciones o condiciones particulares atendiendo a las características de las carreteras, puentes u otras infraestructuras afectadas.
MÁS EXIGENCIAS DE SEGURIDAD
El incremento de dimensiones y peso viene acompañado de mayores requisitos técnicos.
Los vehículos que integren estos conjuntos deberán disponer, entre otros sistemas, de:
La norma establece además importantes restricciones para los vehículos cuya longitud sea superior a 25,25 metros.
En carreteras convencionales de doble sentido y sin separación física entre ambas direcciones solamente podrán recorrer un máximo de 25 kilómetros al inicio y otros 25 kilómetros al final del itinerario autorizado.
Durante esos tramos tendrán, además, prohibido adelantar.
LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS SIGUEN EXCLUIDAS
La reforma mantiene, como regla general, la prohibición de utilizar euromodulares para efectuar transportes de mercancías peligrosas sometidas a ADR.
No obstante, la normativa deja abierta la posibilidad de que en el futuro puedan autorizarse determinados tráficos o corredores específicos mediante una regulación posterior.
¿PODRÁN CIRCULAR ESTOS VEHÍCULOS ENTRE ESPAÑA Y PORTUGAL?
La respuesta, por el momento, es no de forma automática.
Aunque los límites portugueses se aproximen considerablemente a los españoles, la modificación normativa no habilita por sí sola la circulación transfronteriza de estos conjuntos.
Para que los euromodulares puedan realizar transportes entre España y Portugal será necesario que ambos Estados alcancen un acuerdo bilateral específico que establezca las condiciones para cruzar la frontera.
Por tanto, las empresas que operen entre ambos países deberán diferenciar claramente entre la autorización para circular dentro del territorio portugués y la futura posibilidad de utilizar estos conjuntos en operaciones internacionales.
Portugal ha dado un nuevo paso en la regulación de los conjuntos euromodulares, elevando sus límites máximos hasta las 72 toneladas de masa máxima autorizada (MMA) y los 32 metros de longitud.
La modificación se recoge en el Decreto-Ley 195/2026, publicado el 25 de septiembre, que reforma la normativa portuguesa sobre pesos y dimensiones máximos de los vehículos. Su entrada en vigor está prevista para el 24 de marzo de 2027, una vez transcurridos los 180 días establecidos desde su publicación.
Con esta reforma, Portugal aproxima su regulación a la existente en España y apuesta por conjuntos de mayor capacidad como herramienta para mejorar la eficiencia del transporte por carretera.
DE 60 A 72 TONELADAS Y HASTA 32 METROS
El cambio más significativo afecta a los límites máximos permitidos.
Los euromodulares podrán pasar de las actuales 60 toneladas a 72 toneladas de MMA, mientras que su longitud máxima se incrementará desde los 25,25 metros hasta los 32 metros.
También se modifica la altura máxima autorizada, que podrá alcanzar los 4,25 metros para vehículos a motor y remolques.
La reforma portuguesa se fundamenta, entre otros aspectos, en la experiencia acumulada en otros Estados europeos. El propio Gobierno portugués destaca especialmente el caso español y considera que la utilización de conjuntos de mayores dimensiones y peso ha demostrado su viabilidad técnica y su seguridad.
REQUISITOS ESPECIALES PARA SUPERAR LAS 60 TONELADAS
No será automática para cualquier combinación de vehículos.
Los conjuntos que superen las 60 toneladas deberán tener una longitud superior a 25,25 metros y estar formados por dos semirremolques de categoría O4 unidos mediante un dolly.
Además, será necesaria una autorización especial de circulación expedida por el Instituto da Mobilidade e dos Transportes (IMT).
La vigencia máxima de estas autorizaciones se amplía de uno a dos años.
No obstante, la autorización del IMT estará condicionada también al visto bueno de los gestores de las infraestructuras utilizadas. Estos podrán establecer restricciones o condiciones particulares atendiendo a las características de las carreteras, puentes u otras infraestructuras afectadas.
MÁS EXIGENCIAS DE SEGURIDAD
El incremento de dimensiones y peso viene acompañado de mayores requisitos técnicos.
Los vehículos que integren estos conjuntos deberán disponer, entre otros sistemas, de:
- asistencia o aviso de mantenimiento de carril;
- sistema avanzado de frenado de emergencia (AEBS);
- control electrónico de estabilidad (ESC);
- dispositivos de enganche debidamente homologados.
La norma establece además importantes restricciones para los vehículos cuya longitud sea superior a 25,25 metros.
En carreteras convencionales de doble sentido y sin separación física entre ambas direcciones solamente podrán recorrer un máximo de 25 kilómetros al inicio y otros 25 kilómetros al final del itinerario autorizado.
Durante esos tramos tendrán, además, prohibido adelantar.
LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS SIGUEN EXCLUIDAS
La reforma mantiene, como regla general, la prohibición de utilizar euromodulares para efectuar transportes de mercancías peligrosas sometidas a ADR.
No obstante, la normativa deja abierta la posibilidad de que en el futuro puedan autorizarse determinados tráficos o corredores específicos mediante una regulación posterior.
¿PODRÁN CIRCULAR ESTOS VEHÍCULOS ENTRE ESPAÑA Y PORTUGAL?
La respuesta, por el momento, es no de forma automática.
Aunque los límites portugueses se aproximen considerablemente a los españoles, la modificación normativa no habilita por sí sola la circulación transfronteriza de estos conjuntos.
Para que los euromodulares puedan realizar transportes entre España y Portugal será necesario que ambos Estados alcancen un acuerdo bilateral específico que establezca las condiciones para cruzar la frontera.
Por tanto, las empresas que operen entre ambos países deberán diferenciar claramente entre la autorización para circular dentro del territorio portugués y la futura posibilidad de utilizar estos conjuntos en operaciones internacionales.


