FRANCIA COMIENZA A SANCIONAR POR EFECTUAR EL DESCANSO SEMANAL NORMAL EN CABINA
Pese a las últimas informaciones de que la Comisión Europea se encontraba estudiando la legalidad de la prohibición francesa del descanso semana normal en cabina, en los últimos días se han formulado por parte de la policía francesa varias denuncias contra transportistas españoles por este motivo, siendo sancionados estos hechos con multas de 2300 euros.
Al efectuar el control, lo primero que los Agentes verifican es dónde han sido efectuados los descansos semanales normales registrados en las tarjetas de los conductores o en las hojas de registro durante los 28 días anteriores al control.
Posteriormente, se verifican las retiradas de las tarjetas o de los discos diagrama del tacógrafo en relación con los lugares de inicio y fin de cada período de trabajo diario de los conductores, que éstos deben anotar manualmente en el tacógrafo o en los discos mediante entradas manuales.
Cuando el descanso semanal normal ha sido registrado en la tarjeta o en el disco diagrama al no haber sido retirada la misma del tacógrafo, los Agentes presumen que dichos descansos han sido realizados a bordo del vehículo. Ello porque se presume que si se hubiesen alejado del vehículo hubiesen retirado la tarjeta o el disco por si otro conductor se hubiese hecho cargo del mismo.
A continuación se extiende la propia declaración que se hace firmar a los conductores reconociendo haber realizado el descanso semanal de 45 horas a bordo del vehículo.
Por todo ello, resulta conveniente que los conductores que viajen a Francia puedan acreditar en qué lugar han efectuado los descansos semanales normales que hayan realizado fuera de su domicilio.