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IMPORTANTE: Devolución certificados conductor tercer país
Apreciado cliente,

En el supuesto que tenga contratados conductores de terceros países (no pertenecientes a la Unión Europea) dedicados a la realización de transportes de mercancías o de viajeros en autobús, ya sean públicos o privados complementarios, será necesario, además de contar con la preceptiva autorización administrativa habilitante para su prestación, solicitar el certificado de conductor.

El titular de la autorización de transporte presentará la solicitud en la Comunidad Autónoma en que tenga residenciada alguna autorización de transporte, y se expedirá, un certificado de conductor para cada conductor nacional de un tercer país no perteneciente a la Unión Europea legalmente contratado.

Para la obtención del certificado de conductor deberá aportarse:
  • Solicitud.
  • Documento de identidad del conductor.
  • Permiso de conducir en vigor.
  • Número de afiliación a la SS y justificante de alta en el S.S.

El certificado de conductor tiene una validez de dos años y será propiedad del titular de la autorización. De las dos copias emitidas una debe ir a bordo del vehículo, y la copia legalizada debe conservarse en la empresa.

La empresa titular de la autorización de transporte está obligada a devolver al órgano expedidor, de manera inmediata, el certificado de conductor y la copia legalizada del mismo tan pronto como dejen de cumplirse las condiciones que dieron lugar a su expedición y, especialmente, cuando el conductor cause baja en la empresa. 

Le informamos que desde la administración se están remitiendo requerimientos a las empresas para que acrediten la situación actual de los conductores, y si han causado baja que acrediten que han devuelto las dos copias del certificado En caso de no atender al requerimiento se deriva una sanción de 4.001€ por obstrucción. Y si se contesta al requerimiento y se comprueba que el conductor causó baja en la empresa y no se han devuelto las dos copias del certificado se deriva una sanción de 801 €.

Para evitar estas sanciones le recomendamos que proceda a la devolución de los certificados en el servicio de Transportes de su provincia, el momento que un conductor cause baja en la empresa. En el supuesto que el conductor no le haya devuelto su copia, es recomendable devolver el certificado de la empresa y enviarle un requerimiento al trabajador informando que está obligado a devolver ese documento que pertenece a la empresa.

Para cualquier aclaración quedamos a su disposición.

 
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