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Se incrementan las sanciones en Francia por no cumplir la normativa de desplazamiento de trabajadores
Novedades en la Ley Macron para trabajadores desplazados: aumento de sanciones y modificaciones en las condiciones de aplicación.

Aumentan las sanciones por incumplir la normativa de la Ley Macron.


La gendarmería francesa está llevando a cabo en los últimos días una campaña intensiva de control en carretera, incidiendo en el cumplimiento de la normativa de la llamada Ley Macron, con el objetivo de comprobar a los transportistas que realizan transporte internacional y cabotaje. Como consecuencia, los transportistas españoles están recibiendo más inspecciones por parte del gobierno francés para verificar el cumplimiento de la ley.

La sanciones por no tener designado un representante en Francia, que hasta ahora eran de 2000€, se han incrementado por la modificación aparecida en el Journal Officiel el 6 de septiembre, pasando a ser de 4000€ por trabajador. 

En caso de reincidencia (en un plazo de dos años) las multas pasarán de 4.000 a 8.000 euros por trabajador, hasta un máximo de 500.000€.

El plazo de prescripción de la acción para sancionar estas conductas será de dos años contados a partir de la fecha de la infracción.

También se han producido cambios en las condiciones de aplicación de la Ley Macron para los trabajadores desplazados; principalmente el que se expone a continuación:

Hasta ahora, las obligaciones derivadas de la Ley Macron se aplicaban a todas las empresas de transporte extranjeras que hacen desplazamientos de trabajadores a Francia, en la realización de transportes de cabotaje en ese país o haciendo transporte internacional con origen o destino Francia. 
A partir de este cambio legislativo (ya en vigor) la interpretación se modifica: las obligaciones derivadas del desplazamiento de trabajadores (como nombrar representante legal, hacer la declaración, pagar por encima del salario mínimo francés, etc.) se aplicarán sólo cuando el cliente destinatario de la mercancía está radicado en Francia.

La documentación vigente que ha de estar presente en un control policial es la siguiente:
  • Certificado de desplazamiento en vigor (Atestación de detachement).
  • Copia del contrato de trabajo.
  • Documento A-1 de la Seguridad Social.
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