
El Registro de Empresas y Actividades de Transporte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible permite obtener información de los títulos habilitantes en vigor (autorizaciones para el ejercicio de la actividad, licencias comunitarias, competencia profesional, consejeros de seguridad y cualificación del conductor), así como de los vehículos inscritos en dicho Registro, en los términos establecidos en el artículo 53 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
En las últimas semanas, ha aumentado el número de sanciones a empresas por no tener actualizados los datos en el Registro de Empresas y Actividades del Ministerio de Transporte.
Se sanciona en base al artículo 142.18 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y el importe de la sanción asciende a 100 €.
Artículo 142.18 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres:
“18. La falta de comunicación de cualquier dato o circunstancia que deba figurar en el Registro de Empresas y Actividades de Transportes o que exista obligación por otra causa de poner en conocimiento de la Administración, cuando no deba reputarse infracción muy grave de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140.16”
Recordar que, en el caso de venta de un vehículo, hay que dar de baja la autorización de transporte correspondiente. El no hacerlo llevaría aparejados serios problemas ya que la autorización seguiría vinculada a la empresa hasta que se realice el trámite que proceda:
Por todo ello, para evitar esas incidencias, desde ATRAM aconsejamos la actualización y comunicación de cualquier dato o circunstancia que deba constar en el Registro de Empresas y Actividades de Transportes.
En las últimas semanas, ha aumentado el número de sanciones a empresas por no tener actualizados los datos en el Registro de Empresas y Actividades del Ministerio de Transporte.
Se sanciona en base al artículo 142.18 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y el importe de la sanción asciende a 100 €.
Artículo 142.18 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres:
“18. La falta de comunicación de cualquier dato o circunstancia que deba figurar en el Registro de Empresas y Actividades de Transportes o que exista obligación por otra causa de poner en conocimiento de la Administración, cuando no deba reputarse infracción muy grave de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140.16”
Recordar que, en el caso de venta de un vehículo, hay que dar de baja la autorización de transporte correspondiente. El no hacerlo llevaría aparejados serios problemas ya que la autorización seguiría vinculada a la empresa hasta que se realice el trámite que proceda:
- Responsabilidad administrativa: si el nuevo propietario del vehículo lo utiliza para realizar transporte sin tener su propia autorización, podrías ser sancionado porque la Administración todavía lo vincula a tu empresa.
- Inspecciones: si el vehículo es inspeccionado y sigue vinculado a tu autorización, podrías recibir notificaciones o sanciones sin ser realmente el responsable.
Por todo ello, para evitar esas incidencias, desde ATRAM aconsejamos la actualización y comunicación de cualquier dato o circunstancia que deba constar en el Registro de Empresas y Actividades de Transportes.