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La Norma Que Obliga A Los Camiones A Volver A Casa Cada 8 Semanas Podría Quedar Anulada
El pasado 14 de noviembre se presentaron las conclusiones en los asuntos en los que se impugnan varias disposiciones del conocido como Paquete de Movilidad. Las disposiciones impugnadas se refieren, entre otras cosas, a las normas de cabotaje y a la obligación de retorno del vehículo a la sede de la empresa.

En estas conclusiones se recomendó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que anulase la norma que obliga a los camiones a volver a casa cada 8 semanas: “las disposiciones que regulan la obligación de que las empresas de transporte por carretera organicen la actividad de su parque de vehículos de manera que se garantice que los vehículos que estén a disposición de la empresa y se utilicen en el transporte internacional regresen a uno de los centros operativos de dicho Estado miembro, al menos ,en el plazo de ocho semanas tras su salida".

Este requisito ha sido objeto de debate y su eliminación podría tener un fuerte impacto en el ámbito de la competencia leal en el sector del transporte internacional por carretera; ya que el objetivo que persigue es evitar distorsiones en el mercado y garantizar condiciones equitativas para todas las partes implicadas.

Entre otras razones, porque le medida del retorno no va en consonancia con “El Pacto Verde Europeo”, que fija como objetivo para el año 2050 alcanzar la neutralidad climática. Para ello, sería necesario reducir las emisiones del sector del transporte en un 90 % para esa fecha.

En las mismas conclusiones, el abogado general desestima el resto de peticiones de los Estados miembros reclamantes, referidas, entre otras, a la anulación parcial o total de disposiciones relacionadas con el Paquete de Movilidad sobre las normas relativas a los tiempos de conducción y descanso (Reglamento 2020/1054) y sobre el desplazamiento de los conductores (la Directiva 2020/1057).

Se espera que el Tribunal emita su sentencia definitiva el 22 de febrero de 2024.

Las conclusiones del abogado general forman parte del procedimiento oficial del Tribunal de Justicia Europeo. Se trata de una recomendación dirigida a los jueces designados para los asuntos relativos a la interpretación del Derecho de la Unión Europea basada en la jurisprudencia anterior del Tribunal y en las disposiciones de Derecho primario de la Unión Europea de mayor rango (por ejemplo, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).

El Tribunal no está obligado a seguir la recomendación, pero en una gran mayoría de casos, los jueces siguen la opinión del abogado general. 
 
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