DESCARGA DE DATOS DE LA TARJETA DE CONDUCTOR Y DE VEHÍCULO
¿Qué normativa es la que regula la obligatoriedad de descargar estos datos?
En el ámbito comunitario, el Reglamento 581/2010, de 1de julio de 2010, que regula los plazos máximos para transferir los datos pertinentes de las unidades instaladas en los vehículos y de las tarjetas de conductor; entendiendo por “datos pertinentes” cualesquiera datos registrados por el tacógrafo digital distintos de los datos detallados de velocidad. Según establece el Reglamento, el plazo máximo para transferir los “datos pertinentes” no deberá ser superior a:
90 días en el caso de los datos de la unidad instalada en el vehículo; 28 días en el caso de los datos de la tarjeta de conductor.
En España es la ORDEN FOM/1190/2005, de 25 de abril, que regula la implantación del tacógrafo digital y establece cuando deben efectuarse las descargas:
Del vehículo deberá hacerse, cuando menos, en los siguientes plazos o supuestos:
a) Antes de transferir el vehículo, o bien la cesión de su disposición, o antes de que el vehículo vuelva al arrendador en el supuesto del arrendamiento del mismo.
b) Cuando se detecte un mal funcionamiento pero aún puedan descargarse los datos.
c) Cuando sea necesario para dar cumplimiento a los requerimientos de la Administración.
d) Al menos cada tres meses.
De las tarjetas de los conductores deberá hacerse, cuando menos, en los siguientes plazos o supuestos:
a) Al abandonar el conductor la empresa.
b) Cuando sea necesario para dar cumplimiento a los requerimientos de la Administración.
c) Cuando se produzca la caducidad de la tarjeta.
d) Antes de la devolución de la tarjeta al órgano emisor cuando ello resulte exigible.
e) Al menos cada 31 días para garantizar que no hay sobreescritura.
Una vez efectuada la descarga, transferencia o volcado, estos datos deberán conservarse al menos durante un año (según la normativa de Transportes) o tres años (según la normativa laboral). En algunos países de la Unión Europea están sancionando por no efectuar las descargas de las tarjetas de conductor y del vehículo en los plazos establecidos. Las autoridades francesas imponen por ambos motivos multas de 750 €.
Por todo lo expuesto les aconsejamos que realicen la descarga, transferencia o volcado de datos en los plazos mencionados y les informamos que nuestra empresa pone a su disposición varios productos que facilitan el cumplimiento de la normativa (entre ellos 15 puntos de descarga), y de los que nuestro departamento comercial estará
encantado de proporcionarles la información que necesiten.