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ABIERTO EL PLAZO PARA QUE LOS TITULARES DE CAMIONES Y REMOLQUES AFECTADOS POR LA DANA PIDAN SU AYUDA
El pasado lunes 16 de junio se abrió el plazo para que los transportistas de toda España, cuyos camiones y remolques hubieran sido afectados por la DANA, puedan solicitar las ayudas que ha puesto en marcha el Gobierno Valenciano.

Y es que, a diferencia del Ejecutivo Central, que hasta la fecha no había habilitado ninguna línea de ayudas a los transportistas afectados por los gravísimos daños sufridos como consecuencia de las inundaciones ocasionadas por la DANA, la Generalitat finalmente ha decidido ampliar el ámbito de beneficiarios de dichas ayudas, incluyendo también a los transportistas autónomos y empresas de transporte, cuyos vehículos profesionales quedaron siniestrados durante ese fatídico día.

Por tanto, podrán acogerse a estas ayudas los transportistas (personas físicas y empresas) indistintamente, estén o no domiciliadas en la Comunidad Valenciana.

Se estima en más de 2.600 los camiones pesados y en unos 2.000 los remolques que resultaron completamente siniestrados, según los datos que maneja el Consorcio de Compensación de Seguros.

El Presupuesto habilitado por el Gobierno Valenciano para esta nueva línea de ayudas prevé una indemnización de hasta 9.000 euros por cada camión afectado y de 15.000 euros por autobús, siempre que el vehículo haya causado baja definitiva en Tráfico con motivo de los daños ocasionados por la DANA.

Plazos para pedir las ayudas
Las personas interesadas tienen de plazo para pedir las ayudas desde el 16 de junio hasta el 31 de julio de 2025. Las solicitudes presentadas fuera de este plazo serán inadmitidas.

Las solicitudes de ayuda se tramitarán por estricto orden de entrada. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución procedente será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Requisitos para recibir las ayudas por vehículos siniestrados en la Dana
Cada persona solicitante de la ayuda solo podrá optar a una ayuda por vehículo siniestrado. En el supuesto de que un vehículo pertenezca a varias personas, la ayuda se solicitará por la persona que figuro como titular principal en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. Estos son los requisitos, tal como informan desde la Generalitat:

1. Las personas solicitantes deben figurar como titulares en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, a fecha 29 de octubre de 2024, de un vehículo matriculado en España que se encuentre asegurado, que no haya sido transmitido con posterioridad a dicha fecha, que se declare siniestrado como consecuencia directa de la Dana del 29 de octubre de 2024.

2. Deben haber iniciado, antes del 31 de diciembre de 2024, una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, a la aseguradora del vehículo siniestrado.

3. El vehículo debe estar dado de baja en la Dirección General de Tráfico con motivo de los daños ocasionados por la Dana. Para la concesión inicial de las ayudas será suficiente con que se justifique la baja temporal del vehículo en la Dirección General de Tráfico y se manifieste el compromiso de tramitar la baja definitiva del vehículo en cuanto sea posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2025. Transcurrido dicho plazo sin que se haya obtenido la baja definitiva del vehículo siniestrado se procederá a exigir el reintegro de la ayuda y a exigir el pago de los intereses que puedan corresponder. Si en el momento de presentar la solicitud el vehículo no estuviera dado de baja, temporal o definitiva, la solicitud será denegada.

4. Que no se conceda por el vehículo siniestrado una ayuda solicitada conforme al procedimiento establecido en el Decreto 5/2025, de 14 de enero, del Consell, por el que se aprobaron las anteriores ayudas.

No se podrá ser beneficiario de estas nuevas ayudas si con anterioridad se hubiera percibido la anterior ayuda aprobada por el Consell para vehículos destruidos por la Dana. En el caso de que la solicitud de la ayuda anterior se encontrase pendiente de concesión, la tramitación de la nueva ayuda quedará suspendida hasta que se resuelva dicha solicitud.


Se ha habilitado un servicio para resolver dudas y consultas en el teléfono 96-0990390 o en el correo electrónico ajudavehiclesdana@gva.es.
Además, toda la información estará disponible en la web de la Agencia Tributaria Valenciana, así como en la web de las ayudas habilitadas por la Generalitat.
 
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