A partir del 01/11/2021 será obligatorio llevar a bordo del vehículo el equipamiento de invierno (cadenas para la nieve o neumáticos de invierno), en algunas zonas montañosas de Francia, durante el período invernal: desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo.
Las zonas donde será obligatorio llevar este equipamiento son las siguientes: Pirineos, Alpes, Córcega, Macizo Central, Macizo del Jura y Macizo de los Vosgos.
La nueva normativa distingue entre categorías de vehículos:
Las zonas donde se aplique esta obligación estarán señalizadas con una nueva señal de tráfico para recordar la mismas a los usuarios de estas vías:
La sanción prevista para las infracciones a estas normas es de 135 euros, así como la posible inmovilización del vehículo.
Les recomendamos que adquieran este equipamiento (cadenas para la nieve) y lo lleven a bordo de sus vehículos, si pertenecen a estas categorías y van a circular por las mencionadas zonas montañosas de Francia desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo.
Las zonas donde será obligatorio llevar este equipamiento son las siguientes: Pirineos, Alpes, Córcega, Macizo Central, Macizo del Jura y Macizo de los Vosgos.
La nueva normativa distingue entre categorías de vehículos:
- Vehículos M1 (vehículos para el transporte de personas que cuentan con nueve plazas, incluida la del conductor) y N1 (vehículos para el transporte de mercancías con una masa máxima que no supere las 3,5 toneladas):
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- Deberán disponer de dispositivos antideslizantes amovibles que permitan instalar al menos dos ruedas motrices o el desgaste, en al menos dos ruedas de cada eje, de “neumáticos de invierno”.
- Vehículos M2 (vehículos para el transporte de personas con más de nueve plazas, contando la del conductor, y que su masa máxima no supere las 5 toneladas de peso) y M3 (vehículos para el transporte de personas que cuenten con más de nueve plazas, incluyendo la del conductor, y que supere las 5 toneladas de masa máxima):
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- Deberán llevar dispositivos antideslizantes amovibles que permitan que al menos dos ruedas motrices o el puerto, en al menos dos ruedas direccionales del sistema de dirección principal y al menos dos ruedas motrices, estén provistos de “neumáticos de invierno”.
- Vehículos de categoría N2 (vehículos para el transporte de mercancías con una masa máxima que supere las 3,5 toneladas, pero no las 12 toneladas) y N3 (vehículos destinados para el transporte de mercancías cuya masa máxima supere las 12 toneladas):
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- Sin remolque o semirremolque, deberán llevar dispositivos antideslizantes desmontables que permitan equipar al menos dos ruedas motrices o el puerto, en al menos dos ruedas direccionales de la dirección principal, y al menos dos ruedas motrices, con “neumáticos de invierno”.
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- Con remolque o semirremolque: posesión de dispositivos antideslizantes que permitan instalar al menos dos ruedas motrices.
Las zonas donde se aplique esta obligación estarán señalizadas con una nueva señal de tráfico para recordar la mismas a los usuarios de estas vías:
La sanción prevista para las infracciones a estas normas es de 135 euros, así como la posible inmovilización del vehículo.
Les recomendamos que adquieran este equipamiento (cadenas para la nieve) y lo lleven a bordo de sus vehículos, si pertenecen a estas categorías y van a circular por las mencionadas zonas montañosas de Francia desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo.