El Reino Unido y la Unión Europea llegaron a un “acuerdo previo” para una salida ordenada, si bien todavía se desconoce si finalmente habrá un acuerdo para el Brexit o no. En todo caso, el acuerdo previo implicaba que el régimen transitorio en materia de transporte se prolongaría a lo largo de todo el año 2020. De momento no se sabe si va a haber prórroga para 2021. En un principio, no.
Las “Directrices para transportistas y conductores comerciales a partir del 1 de enero” actualizadas están disponibles en:
https://www.gov.uk/guidance/transporting-goods-between-great-britain-and-the-eu-from-1-january-2021-guidance-for-hauliers.es
y en pdf en
https://assets.publishing.service.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/941237/Hauliers-handbook-Spanish.pdf (ver en particular las páginas 25 a 29)
A modo de resumen, para realizar transporte desde la Unión Europea al Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021, se recomienda:
PARA LOS CONDUCTORES
Los conductores deben tener su pasaporte (español o del país europeo de su nacionalidad) en vigor (Consulado general de España en Reino Unido). Si el conductor es extracomunitario, necesitará además de visado y de certificado de conductor extracomunitario.
Cada KAP tiene una validez de 24 horas para cubrir un único viaje. La sanción por circular sin dicho permiso será de 300 £ (332,97 €). El permiso se solicitará a través de “Check an HGV is Ready to Cross the Border”. Es una declaración a través de internet en la que se deberán poner los datos del camión, el destino, la fecha prevista de viaje, además de unas declaraciones confirmando que la documentación de aduanas y de importación / exportación es correcta y se lleva a bordo del camión. De momento el formulario web no está operativo, pero puede verse una demo en: https://check-an-hgv-is-ready-to-cross-the-border-demo.fbplatform.co.uk
PARA EL VEHÍCULO
PARA LA MERCANCÍA
En particular, los siguientes productos NO necesitarán certificado:
PARA LA EMPRESA DE TRANSPORTES
Es el número de registro e identificación del operador económico asignado por una autoridad aduanera. No es obligatorio para las empresas de transporte que no sean operadores económicos con terceros países, pero es recomendable tenerlo. Solicítelo aquí el nº EORI en España (Agencia Tributaria). Atención: los números EORI expedidos por el Reino Unido dejarán de ser válidos en la Unión Europea a partir del 1/enero/2021,
Además, para prevenir la entrada de inmigrantes clandestinos en el vehículo, se deben seguir las instrucciones que se detallan en este artículo publicado en nuestra página web.
Las “Directrices para transportistas y conductores comerciales a partir del 1 de enero” actualizadas están disponibles en:
https://www.gov.uk/guidance/transporting-goods-between-great-britain-and-the-eu-from-1-january-2021-guidance-for-hauliers.es
y en pdf en
https://assets.publishing.service.gov.uk/government/uploads/system/uploads/attachment_data/file/941237/Hauliers-handbook-Spanish.pdf (ver en particular las páginas 25 a 29)
A modo de resumen, para realizar transporte desde la Unión Europea al Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021, se recomienda:
PARA LOS CONDUCTORES
- PERMISO DE CONDUCIR
- CAP
- PASAPORTE
Los conductores deben tener su pasaporte (español o del país europeo de su nacionalidad) en vigor (Consulado general de España en Reino Unido). Si el conductor es extracomunitario, necesitará además de visado y de certificado de conductor extracomunitario.
- DNI (recomendado)
- TARJETA DE CONDUCTOR (tacógrafo digital)
- CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO (por el coronavirus)
- UK PASSANGER CONTACT LOCATOR (por el coronavirus)
- KAP (Permiso de Acceso a Kent, sólo para los camiones de más de 7.5 tn que utilicen las carreteras en Kent en dirección al puerto de Dover y/o Eurotunnel)
PARA EL VEHÍCULO
- TARJETA VERDE (seguro de accidentes del conjunto del vehículo)
- LICENCIA COMUNITARIA
- CMR
PARA LA MERCANCÍA
- TAD (Documento de Acompañamiento de Tránsito)
- el MRN (Número de Referencia de Movimiento) o GMR (Goods Movement Reference) y
- el EORI del comerciante.
- CONTROLES SANITARIOS Y FITOSANITARIOS (sólo para ciertas frutas, verduras frescas, carne, pescado y flores)
- la oficina del Servicio de Inspección, Vigilancia y Regulación del Comercio Exterior (SOIVRE), y en
- https://www.gov.uk/guidance/importing-and-exporting-plants-and-plant-products-from-1-january-2021
En particular, los siguientes productos NO necesitarán certificado:
-
- Frutas y verduras procesadas y envasadas (ensaladas, sándwiches, material congelado).
- Productos compuestos (mantequillas de nueces o semillas que contienen frutas o verduras procesadas).
- Tampoco piña, kiwi, coco, cítricos, naranja china, naranja amarga, caqui (persimon), algodón, hojas de curry, plátanos y bananas, mango, dátiles, maracuyá, guayaba
- todas las plantas para plantar
- tubérculos
- la mayoría de las frutas
- flores
- algunas semillas
- hortalizas de hoja que no sean ultracongeladas
- patatas de siembra y de consumo
-
-
- ha sido inspeccionado oficialmente
- cumple con los requisitos legales para ingresar al Reino Unido
- está libre de plagas y enfermedades graves
-
- A partir del 1 de abril, habrá que pagar tasas de importación para los productos vegetales, que serán de £10.51 para papeleo, más otra tasa por inspección visual, que variará dependiendo del producto y cantidad de producto.
- Dentro de los 3 días posteriores a la llegada de su envío al Reino Unido, debe enviar el certificado fitosanitario original a la APHA, a la dirección
Animal and Plant Health Agency
Foss House, 1st Floor
Kings Pool, 1-2 Peasholme Green
York
YO1 7PX
Foss House, 1st Floor
Kings Pool, 1-2 Peasholme Green
York
YO1 7PX
PARA LA EMPRESA DE TRANSPORTES
- EORI
Además, para prevenir la entrada de inmigrantes clandestinos en el vehículo, se deben seguir las instrucciones que se detallan en este artículo publicado en nuestra página web.