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PROTESTAS AGRÍCOLAS EN FRANCIA Y ESPAÑA: EL MINISTERIO DE TRANSPORTES ESTABLECE EXCEPCIONES ADICIONALES EN EL CONTROL DE LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO
La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril ha publicado la Resolución de 9 de enero de 2026 por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de los tiempos de conducción.

Y ello debido a las acciones de protesta contra el acuerdo de la Unión Europea con Mercosur del sector agrícola y ganadero en Francia que comenzaron a mediados de diciembre de 2025 y se han intensificado de nuevo desde el pasado jueves 8 de enero de 2026 derivando en bloqueos de carreteras en este país y causando importantes perturbaciones de tráfico en vías francesas que afectan al transporte pesado por carretera de mercancías y de nuevo, al igual que ocurrió el diciembre pasado, ponen en peligro flujos logísticos esenciales de suministro entre España y el resto de Europa.  

Así mismo, desde dicho jueves 8 de enero, estas mismas protestas se han ampliado a la Comunidad Autónoma de Cataluña, lo que ha llevado a interrupciones de tráfico en carreteras en esta Comunidad y en el Puerto de Tarragona, donde según la autoridad portuaria, se han registrado importantes reducciones del tráfico de mercancías.

Con el fin de mitigar los efectos que se pueden derivar de lo anterior y garantizar los flujos logísticos de mercancías, se han establecido una serie de excepciones adicionales a las ya que se adoptaron por esta misma causa que son las siguientes:
 
  • Artículo 6.1: sustituir el límite de conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas.
  • Artículo 6.2: sustituir el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
  • Artículo 6.3: sustituir el límite de conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 120 horas.
  • Artículo 8.1: reducir los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.
Las excepciones previstas en el apartado anterior se aplicarán desde las 00:00 horas del jueves 8 de enero a las 23:59 del domingo 11 de enero:

1) a los conductores en las operaciones de transporte internacional de mercancías en tráfico internacional con Francia o en tránsito por ella; y
2) a los conductores en las operaciones de transporte de mercancías que hayan transcurrido total o parcialmente por el ámbito territorial de Cataluña y que hayan estado afectadas por las protestas de agricultores y ganaderos.

Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se notificará a la Comisión Europea.

Pueden acceder a la Resolución en el siguiente enlace:
https://www.cetm.es/add/BancoDeDocumentos/noticias/resolucion_9enero.pdf
 
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