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Dinamarca ha introducido, desde el pasado 7 febrero 2021, mayores restricciones a la llegada al país para limitar la propagación de las nuevas variantes del virus COVID 19. Por norma general, todas las personas que entren en Dinamarca tendrán que someterse a pruebas y posteriormente aislarse durante 10 días.  Pero esta norma presenta las siguientes excepciones:
 
  1. Las personas, con o sin residencia en Dinamarca, que entren al país en relación con el transporte de mercancías están exentas de los siguientes requisitos, EXCEPTO SI LA PERSONA RESIDE EN EL REINO UNIDO O SUDAFRICA, en cuyo caso deberán presentar una prueba de COVID 19 negativa realizada como máximo 24 horas entes de la entrada:
  • Presentar una prueba negativa tomada a más tardar 24 horas antes de la entrada al país
  • Realizar una prueba a más tardar 24 horas después de la entrada
 
  1. Las personas que NO tienen residencia permanente o un permiso de residencia en Dinamarca, deberán aislarse cuando NO SE REALICE NINGÚN TRABAJO DE TRANSPORTE
Los conductores de mercancías pueden mantener el aislamiento necesario en el vehículo utilizado para el transporte de mercancías, respetando las reglas de conducción y tiempo de descanso. Puede haber un máximo de dos personas aisladas en un vehículo. Dicho aislamiento se puede interrumpir en los siguientes casos:
 
  1. Uso de las instalaciones de aseo y baño en las inmediaciones del lugar de aislamiento
  2. Compra de alimentos y otras necesidades
  3. Cambio a un lugar de aislamiento diferente
Cuando el propósito de ingreso en el país es trabajar, deberá aportar uno de los siguientes documentos:
 
  1. Documento justificativo de la transacción a realizar: factura, recibo, contrato de compra o similar
  2. Recibo de inscripción en el Registro de Proveedores de Servicios Extranjeros, a través del siguiente link:
https://virk.dk/myndigheder/stat/ERST/selvbetjening/Registrering_af_udenlandske_tjenesteydere_RUT__Registration_of_Foreign_Services_RUT/.
Dicho recibo debe ser reenviado al trabajador.
 
  1. Prueba de seguridad social (PD A1) en relación con el trabajo en otro país de la UE/EEE expedida por las autoridades del país de origen del empresario/del trabajador autónomo.

Además, debe poder presentar la información de contacto a una persona de contacto relevante en relación con el trabajo en Dinamarca, quien pueda confirmar la información.

            Para consultar las actualizaciones de las restricciones que lleve a cabo el gobierno danés, puede consultarlas en la siguiente página web: https://en.coronasmitte.dk/

Para cualquier consulta, puede enviar un correo a la siguiente dirección:
info@atramgestion.com.
 
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