
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un nuevo sistema de canje digital de permisos de conducción para ciudadanos procedentes de terceros países con los que España haya firmado un convenio bilateral de reconocimiento recíproco y canje de permisos de conducción.
Este procedimiento, hasta ahora uno de los más complejos en el ámbito de la gestión de conductores, podrá realizarse íntegramente online, agilizándose así la tramitación, mejorando la calidad de servicio y permitiendo disponer de un mayor número de citas presenciales para otros trámites.
El canje de un permiso de conducción de un tercer país exige, en primer lugar, una verificación previa de la autoridad expedidora del país de origen o una certificación concreta (en función del Convenio bilateral de reconocimiento recíproco y canje de permisos de conducción) y, además, la obligación de pasar un reconocimiento médico, de acreditar la residencia y, en el caso de permisos profesionales, superar un examen. Hasta ahora, estos pasos obligaban a los ciudadanos a gestionar presencialmente el trámite con cita previa, provocando demoras significativas.
Con este nuevo sistema digital, disponible desde el 20 de mayo de 2025, los usuarios podrán iniciar y completar casi todo el procedimiento por vía telemática. Solo se tendrá que acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente para entregar el permiso de conducción original, válido y en vigor, y recoger la autorización provisional para conducir en España que se podrá usar hasta que posteriormente se reciba en el domicilio, por correo postal, el permiso de conducción definitivo.
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA
Este nuevo sistema de tramitación, disponible a través de la Sede Electrónica de la DGT requiere que el ciudadano esté dado de alta en Cl@ve o disponga de certificado digital o bien que autorice a otra persona para que actúe como su representante designándolo a través del Registro de apoderamientos.
En el caso de que el permiso de conducción a canjear haya sido expedido por alguno de los siguientes países: Argelia, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Georgia, Guatemala, Honduras, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Serbia, Túnez o Turquía, antes de canjear se solicita una verificación previa del permiso ante el país que lo ha expedido y sólo cuando el país conteste dando su conformidad, se puede continuar con la tramitación on line de solicitud del canje. Los tiempos de respuesta con la confirmación de la verificación del permiso pueden variar, ya que cada país responde en plazos distintos.
Una vez que el país expedidor del permiso haya contestado a la solicitud de verificación, el interesado recibe un correo electrónico con el cambio de estado que puede ser: “Rechazada”, es decir, respuesta rechazada por el país y no procede el canje, o bien “Aceptada” si hay una respuesta afirmativa del país para proceder al canje, en cuyo caso se le indicará localizador necesario para continuar con el trámite.
Cada solicitud está personalizada con los datos requeridos para la validación de cada país. La respuesta del país incluye la fecha de obtención, la fecha de caducidad y la fecha de renovación del permiso objeto de canje.
En el caso de que el interesado sea titular de un permiso de los países que no necesitan aportar un localizador con carácter previo a la solicitud (Argentina, Andorra, Reino Unido, Perú, Ucrania, Uruguay, Japón, Suiza, Corea y Mónaco), el sistema llevará directamente a solicitar el canje.
Además, tanto si el permiso es de un país que necesita aportar localizador previo a su solicitud como si no, el interesado tendrá que indicar qué clases de permiso desea canjear ya que, en el caso de permisos del grupo II (camión o autobús) será necesario que realice pruebas adicionales que variarán en función del país.
DOCUMENTACIÓN
Además de completar la solicitud, el interesado tendrá que aportar una serie de documentación siendo muy importante que previamente a la solicitud haya obtenido el informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores necesario para el tipo de permiso que se quiera canjear.
También será imprescindible presentar:
En caso de que todo esté correcto, el funcionario resolverá favorablemente y el correo que le llegue al interesado le indicará el plazo del que dispone o la hora indicada para que acuda a la Jefatura a entregar el permiso de conducción extranjero válido y en vigor, y allí le entregarán la autorización provisional para conducir.
Toda la información en:
https://www.dgt.es/comunicacion/notas-de-prensa/20250520-dgt-servicio-de-canje-digital-de-permisos-de-conduccion/
Este procedimiento, hasta ahora uno de los más complejos en el ámbito de la gestión de conductores, podrá realizarse íntegramente online, agilizándose así la tramitación, mejorando la calidad de servicio y permitiendo disponer de un mayor número de citas presenciales para otros trámites.
El canje de un permiso de conducción de un tercer país exige, en primer lugar, una verificación previa de la autoridad expedidora del país de origen o una certificación concreta (en función del Convenio bilateral de reconocimiento recíproco y canje de permisos de conducción) y, además, la obligación de pasar un reconocimiento médico, de acreditar la residencia y, en el caso de permisos profesionales, superar un examen. Hasta ahora, estos pasos obligaban a los ciudadanos a gestionar presencialmente el trámite con cita previa, provocando demoras significativas.
Con este nuevo sistema digital, disponible desde el 20 de mayo de 2025, los usuarios podrán iniciar y completar casi todo el procedimiento por vía telemática. Solo se tendrá que acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente para entregar el permiso de conducción original, válido y en vigor, y recoger la autorización provisional para conducir en España que se podrá usar hasta que posteriormente se reciba en el domicilio, por correo postal, el permiso de conducción definitivo.
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA
Este nuevo sistema de tramitación, disponible a través de la Sede Electrónica de la DGT requiere que el ciudadano esté dado de alta en Cl@ve o disponga de certificado digital o bien que autorice a otra persona para que actúe como su representante designándolo a través del Registro de apoderamientos.
En el caso de que el permiso de conducción a canjear haya sido expedido por alguno de los siguientes países: Argelia, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Georgia, Guatemala, Honduras, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Serbia, Túnez o Turquía, antes de canjear se solicita una verificación previa del permiso ante el país que lo ha expedido y sólo cuando el país conteste dando su conformidad, se puede continuar con la tramitación on line de solicitud del canje. Los tiempos de respuesta con la confirmación de la verificación del permiso pueden variar, ya que cada país responde en plazos distintos.
Una vez que el país expedidor del permiso haya contestado a la solicitud de verificación, el interesado recibe un correo electrónico con el cambio de estado que puede ser: “Rechazada”, es decir, respuesta rechazada por el país y no procede el canje, o bien “Aceptada” si hay una respuesta afirmativa del país para proceder al canje, en cuyo caso se le indicará localizador necesario para continuar con el trámite.
Cada solicitud está personalizada con los datos requeridos para la validación de cada país. La respuesta del país incluye la fecha de obtención, la fecha de caducidad y la fecha de renovación del permiso objeto de canje.
En el caso de que el interesado sea titular de un permiso de los países que no necesitan aportar un localizador con carácter previo a la solicitud (Argentina, Andorra, Reino Unido, Perú, Ucrania, Uruguay, Japón, Suiza, Corea y Mónaco), el sistema llevará directamente a solicitar el canje.
Además, tanto si el permiso es de un país que necesita aportar localizador previo a su solicitud como si no, el interesado tendrá que indicar qué clases de permiso desea canjear ya que, en el caso de permisos del grupo II (camión o autobús) será necesario que realice pruebas adicionales que variarán en función del país.
DOCUMENTACIÓN
Además de completar la solicitud, el interesado tendrá que aportar una serie de documentación siendo muy importante que previamente a la solicitud haya obtenido el informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores necesario para el tipo de permiso que se quiera canjear.
También será imprescindible presentar:
- Identificación del interesado: Original en vigor para acreditar la identidad: DNI, pasaporte o autorización de residencia para extranjeros no comunitarios.
- Acreditación de la residencia: Original del DNI o tarjeta de residencia (tarjeta de identidad de extranjero) o certificado de inscripción en el registro de ciudadanos de la UE y cualquier otro documento que se le solicite por la Jefatura donde se tramite la solicitud de canje.
- Acreditación de que no se residía en España cuando se obtuvo el permiso a canjear:
- Si el interesado tiene DNI y la nacionalidad española fue obtenida en su país de origen antes de residir en España, deberá aportar Certificado de Inscripción y Baja Consular expedido por la Embajada de España del país en el que obtuvo el permiso.
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- En otro caso, deberá aportar alguno de los siguientes documentos:
- Tarjeta de Identidad Extranjero, de Residencia o de Estudiante.
- Certificado de inscripción en el registro de extranjeros.
- En otro caso, deberá aportar alguno de los siguientes documentos:
- Permiso de conducir a canjear original, válido y en vigor.
- Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado en función de la clase de permisos que se vayan a canjear.
- Abonar la tasa correspondiente: dependiendo de si requiere o no pruebas adicionales (Tasa 2.1. o Tasa 2.3 respectivamente).
En caso de que todo esté correcto, el funcionario resolverá favorablemente y el correo que le llegue al interesado le indicará el plazo del que dispone o la hora indicada para que acuda a la Jefatura a entregar el permiso de conducción extranjero válido y en vigor, y allí le entregarán la autorización provisional para conducir.
Toda la información en:
https://www.dgt.es/comunicacion/notas-de-prensa/20250520-dgt-servicio-de-canje-digital-de-permisos-de-conduccion/