El pasado viernes 24 de enero, el BOE publicó la Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección de Tráfico, del Departamento de Seguridad, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2025 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La referida resolución tiene por objeto establecer medidas especiales de regulación del tráfico para determinados vehículos o conjunto de vehículos en aquellas fechas en que se pueda afectar a la seguridad vial, la movilidad y la fluidez de la circulación.
La elección de dichas fechas se ha realizado atendiendo a diversos factores como son el calendario de festividades de la CAPV, fines de semana, periodos coincidentes con el inicio o fin de las vacaciones estacionales, puentes festivos u otras circunstancias que puedan afectar a las condiciones de circulación.
Así pues, se han fijado restricciones de circulación por la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, así como para vehículos que transportan mercancías peligrosas y transportes especiales los domingos y días festivos en toda la región desde las ocho de la mañana y hasta la medianoche, así como las vísperas de los días festivos en toda la comunidad autónoma que no sean sábados, desde las cuatro de la tarde y hasta la medianoche.
Los servicios de transporte ADR y los especiales también estarán sujetos a las restricciones a la circulación que operan para los vehículos de transporte de mercancías en general en el País Vasco.
Por otro lado, también se fijan restricciones al tránsito de vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de MMA en diversos tramos de diferentes carreteras vascas y con horarios determinados de los días 16, 17 y 21 de abril, 8, 29 de mayo, 27 y 28 de junio, 14, 24, 25 y 31 de julio, 1, 14, 15 y 31 de agosto, 1, 3 y 11 de noviembre, 5, 6 y 8 de diciembre de 2025, y 2, 3 y 6 de enero de 2026.
De igual manera, la Resolución también recoge las exenciones a las restricciones de circulación, el mapa de la red de itinerarios de mercancías peligrosas y la posibilidad de levantar excepcionalmente estas restricciones a la circulación.
Pueden consultar las restricciones completas en el siguiente enlace:
BOE
La referida resolución tiene por objeto establecer medidas especiales de regulación del tráfico para determinados vehículos o conjunto de vehículos en aquellas fechas en que se pueda afectar a la seguridad vial, la movilidad y la fluidez de la circulación.
La elección de dichas fechas se ha realizado atendiendo a diversos factores como son el calendario de festividades de la CAPV, fines de semana, periodos coincidentes con el inicio o fin de las vacaciones estacionales, puentes festivos u otras circunstancias que puedan afectar a las condiciones de circulación.
Así pues, se han fijado restricciones de circulación por la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, así como para vehículos que transportan mercancías peligrosas y transportes especiales los domingos y días festivos en toda la región desde las ocho de la mañana y hasta la medianoche, así como las vísperas de los días festivos en toda la comunidad autónoma que no sean sábados, desde las cuatro de la tarde y hasta la medianoche.
Los servicios de transporte ADR y los especiales también estarán sujetos a las restricciones a la circulación que operan para los vehículos de transporte de mercancías en general en el País Vasco.
Por otro lado, también se fijan restricciones al tránsito de vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de MMA en diversos tramos de diferentes carreteras vascas y con horarios determinados de los días 16, 17 y 21 de abril, 8, 29 de mayo, 27 y 28 de junio, 14, 24, 25 y 31 de julio, 1, 14, 15 y 31 de agosto, 1, 3 y 11 de noviembre, 5, 6 y 8 de diciembre de 2025, y 2, 3 y 6 de enero de 2026.
De igual manera, la Resolución también recoge las exenciones a las restricciones de circulación, el mapa de la red de itinerarios de mercancías peligrosas y la posibilidad de levantar excepcionalmente estas restricciones a la circulación.
Pueden consultar las restricciones completas en el siguiente enlace:
BOE